La Reforma Tributaria: ¿la vuelta a la política de los consensos?
Patricio González
Agosto 2014.-
La primera semana de agosto será decisiva para la Reforma Tributaria. El gobierno debe presentar las indicaciones al Senado para la discusión en particular del articulado en concordancia con el Protocolo de Acuerdo firmado por el Gobierno con los senadores miembros de la Comisión de Hacienda de la Cámara Alta.
En democracia, con todo el respeto que puedan merecer las minorías, gobierna la mayoría, por lo demás, en nuestro país, el programa de la NM fue refrendado en elecciones democráticas presidenciales y parlamentarias. Sumado a ello está el hecho de que el programa de gobierno fue ampliamente discutido y divulgado, ya desde antes de las primarias presidenciales, y más del 63 % de los que votaron se pronunciaron a favor de él, entre cuyos temas precisamente se encontraba el de la Reforma Tributaria (RT).
Los contenidos de este programa, especialmente la RT, han sido fuertemente cuestionados, especialmente por los grandes empresarios y los partidos políticos de derecha, que los representan. Tanto así, que lograron doblarle la mano al ministro Arenas y al gobierno, lo que se tradujo en la firma del mentado Protocolo. Todo hizo suponer que volvía la política de los consensos.
Precisamente, al día siguiente de firmado el Protocolo de Acuerdo, Allamand, en entrevista con CCN Chile, expresó con plena convicción la vuelta en gloria y majestad de esta política y vaticinó que Eyzaguirre seguiría el mismo procedimiento que Arenas
Por otra parte, la situación creada con la firma del mentado “Acuerdo Histórico” se verificó a los pocos días después del retorno, desde EEUU, de Bachelet y de Arenas, los cuales sostuvieron sendas conversaciones con representantes del gobierno de EEUU, empresarios de aquel país y con la Directora del FMI. Es de esperar que estas conversaciones no hayan tenido lugar en el living de alguna habitación particular. Sin querer hilar fino, uno pudiera preguntarse: ¿el cambio ocurrido en el gobierno podría explicarse con algún tipo de presión del FMI, del gobierno de EEUU o de los empresarios del norte?. Sería bueno conocer también cuáles fueron los temas tratados en esas conversaciones y a cuáles acuerdos se llegó. No debemos desconocer que tanto EEUU como el FMI han sometido a diversas presiones a gobiernos latinoamericanos y de otras latitudes, como también en nuestro país en otros tiempos políticos. Recordemos solamente las declaraciones del embajador de EEUU en Chile a poco de asumir Bachelet en marzo de este año.
Al contrario de lo señalado por el ministro Elizalde, sí es importante quién aparece en la foto. No se trata de si los retratados tienen cara de "cuicos" o no, sino que es una evidencia, las cuáles a veces por sí solas dicen mucho más que palabras de buena crianza. Por ejemplo, la foto con la firma de la LEGE explica mucho más que muchos comentarios. Al mirar la foto de la firma del protocolo, se puede decir, sin miedo a equivocarse, que está clarita la foto.
A esto se suma declaraciones del mismo Zaldivar, las cuales dan cuenta que el señalado protocolo se cocinó en una cocina pequeña, donde no cabían todos los actores, de espaldas a la gente y a los propios diputados. Es evidente también que solo se eligieron con pinzas algunos actores, dejando fuera a cientos de “extras” en esta teleserie, al decir de Arenas.
Ahora bien, el protocolo ¿es un acuerdo cosmético o es un trasplante de corazón?: Uno de los componentes era la eliminación del FUT. Un par de palabras respecto a este fondo. Creado por la dictadura después de la crisis de 1981-1982, ha generado a la fecha un monto de utilidades devengadas, y no distribuidas, de cerca de US$ 280.000 millones (prácticamente el equivalente al PIB anual de Chile). Es el único país que lo utiliza. ¿En qué consiste, más allá de que sea un registro contable?. Es una especie de franquicia tributaria para los dueños de empresas que les permite no pagar impuestos por aquellas ganancias que contablemente no son retiradas de la empresa. Es lo que se denomina, con tanto euferismo, ahorro. Sin embargo, en concreto es acumulación de capital (traspasar ganancias a capital) con el fin de desarrollar el proceso productivo en escala ampliada para generar todavía más utilidades. En otras palabras, es cómo el Estado le otorga estos beneficios a los empresarios para que puedan ganar más. La acumulación de capital fue explicada ya hace dos siglos atrás por los economistas clásicos. Particular importancia a este tema le brindó Marx. Estos análisis concluyen fehacientemente que el objetivo final del capital es su acumulación. Esto se expresa en que, para ser capital, éste debe tener “crías” (debe generar más capital) para tener procesos de producción ampliados, y eso se logra traspasando, de las ganancias obtenidas (mejor dicho de la plusvalía) toda o una parte de ésta a capital, como se señalaba anteriormente.
¿Dónde están los dineros registrados contablemente en el FUT?. En cualquier parte: en dinero (en la cuenta corriente, en caja - ambas posibilidades muy poco probable), en activos financieros o intangibles (participaciones en otras empresas como bonos, acciones, divisas, etc.), eventualmente en activo fijo (máquinas, infraestructura material, equipos, etc.), en inversiones diversas en el extranjero, o simplemente se gastaron en consumo suntuario sin ser registrada su salida contable de la empresa. Es una de las principales fuentes de elusión tributaria (no pago “legal” de impuestos) en nuestro país. Debe señalarse también que el ahorro no es función de la empresa, al contrario, es contra natura de éstas. El capital obtiene una mayor cuota y masa de ganancia mientras más gire. El capital inmovilizado (por este concepto debe entenderse ese “ahorro” de la empresa que tanto cacarea la derecha) lo que genera es costos, pérdidas. Las ganancias retenidas por la empresa (FUT), junto con obtener esa franquicia tributaria (subsidio del Estado a la inversión privada), sirve para constituir un fondo para invertir dentro o fuera del país a costa de todos los chilenos y a favor de un pequeño grupo de empresarios. El patriotismo se les acaba a estos grandes empresarios precisamente cuando sacan esos fondos del país a través de terceras empresas, generalmente ubicadas en países, llamados paraísos tributarios, buscando tasas de retorno (ganancias) mayores a los que obtendrían en Chile, generalmente invirtiéndolos en instrumentos financieros que comúnmente son capitales muy volátiles, llamados “capitales golondrinas”, altamente especulativos (tipo fondos “buitres” como los que están presionando actualmente a Argentina), recursos que se restan a las necesidades de inversión que tiene el país y, por ende, también al crecimiento de éste.
Ahora bien, ¿qué dice el Protocolo?. Primeramente se debe señalar que Chile es uno de los pocos países que tiene un sistema integrado de impuestos entre la empresa y sus dueños. La tasa actualmente vigente de Impuesto a la Renta de Primera Categoría (que grava las utilidades contables devengadas de las empresas) es de un 20%. El pago de esos impuestos se imputa como crédito (se resta) a los impuestos que deben pagar los dueños (accionistas, socios) de las empresas en su Global Complementario. Originalmente, el programa de la NM y el proyecto de ley enviado a la Cámara de Diputados establecía la eliminación total del FUT. En su remplazo, establecía la tributación en forma de utilidades devengadas (para la Declaración Anual de Impuesto a la Renta de abril 2018, para el período 1 de enero al 31 de diciembre de 2017), un aumento gradual del Impuesto a la Renta Primera Categoría desde el actual 20% al 25 % para el 2018 y una Renta Atribuida, consistente en una retención de un 10% a los accionistas y socios de la empresa por los futuros dividendos a repartir, los cuales debiesen liquidarse a través del Global Complementario en la Declaración Anual de Impuestos (DAI).
Ahora bien, ¿qué dice el Protocolo? Si bien en términos nominales se elimina el FUT en el sentido que desaparece el registro contable de éste, en el trasfondo económico se le da la posibilidad a los accionistas y socios de elegir en dos sistemas: a) el sistema integrado de tributación con atribución de rentas (como el que considera el proyecto), pero de carácter voluntario, con una tasa de Impuesto a la Renta de Primera Categoría del 25 %, pero se elimina la retención del 10 % y b) un sistema de tributación por renta percibida, que considera un alza paulatina en la tasa tributaria de Primera Categoría (sobre las ganancias) del 20 al 27%, pagado por la empresa, monto que, en un 65% servirá de crédito al Global Complementario de los socios y accionistas. Esto atañe a los contribuyentes del artículo 14 de la LIR.
Es evidente que la inmensa mayoría de los empresarios se inclinarán por esta segunda opción toda vez que sólo pagarán impuestos por concepto de retiros de utilidades, además de descontar de su Global Complementario casi dos tercios de los impuestos de Primera Categoría que paga la empresa. Por otra parte, éstas seguirán reteniendo utilidades, las que podrán ser invertidas por la empresa, pagando solamente el 25 % de impuestos, es decir, seguirá la elusión.
Otro aspecto complejo del Protocolo es la determinación de reducir la base imponible (léase beneficio tributario) a las empresas con contabilidad completa con ventas anuales de hasta 100.000 UF (aproximadamente $ 2.406.227.000 al 31 de julio de 2014) con a) un 20% de las utilidades que reinviertan con un topo de 4.000 UF con el sistema de renta atribuida y con b) 50% de las utilidades, también con un tope anual de 4.000 UF con el sistema parcialmente integrado, sin derecho al crédito de Primera Categoría.
Otro punto cuestionable es el aumento del tope para acogerse al régimen de Renta Presunta. En efecto, de un tope actual de 2.400 UF anuales ($ 57.749.448 al 31 de julio de 2014) a 5.000 UF ($ 120.311.350 al 31 d e julio de 2014) para empresas del Transporte, a 9.000 UF ($ 216.560.430 al 31 de julio de 2014) para empresas del sector agrícola y 17.000 UF ($ 409.058.590 al 31 de julio de 2014). El régimen de Renta Presunta consiste en que la autoridad tributaria determina, según diversos criterios y giro de la empresas, una carga tributaria sin tomar en cuenta mayormente la actividad real de la empresa. En general, este régimen es pro empresa, considerando que éstas son de menor tamaño. Estos aumentos de los topes máximos puede permitir que se acojan a él una serie de empresas lo que conllevaría a una elusión de impuestos mayor.
El Protocolo contempla también la posibilidad de retrasar el pago de IVA a dos meses. Debe considerarse que el IVA es un impuesto a los consumidores, donde los intermediarios (empresas) solamente son recaudadores de impuestos. Esta medida facilita un mayor financiamiento para estos empresarios a un costo cero.
Desgraciadamente, el protocolo no considera medidas que vayan en beneficio de los sectores más necesitados de la población, como quizás un IVA diferenciado (menor tasa o exento) para aquellos bienes de primera necesidad.
El Protocolo tampoco considera un verdadero royalty para los recursos naturales, o la derogación definitiva del DL 600 (inversión extranjera) y el término de la invariabilidad tributaria que contempla, u otras medidas que permitan obtener efectivamente más recursos de aquellos que efectivamente más tienen.
Una vez presentadas las indicaciones en el Senado se debe estar muy atento para denunciar cualquier intento de la derecha y de algunos sectores de la Nueva Mayoría que signifique pasar “gatos por liebres”. Se hace estrictamente necesario que este tipo de reformas se discutan a la luz pública, en la calle, de cara al pueblo, y no en las estrechas cuatro paredes de una cocina o de un living, entre gallos y medianoche, entre un pequeño grupo de iluminados. Tal cuál como se firmó el Protocolo, se aleja mucho del espíritu que tenía el proyecto original. No asegura la recaudación de los US$ 8.000 millones, tampoco mejora sustancialmente la equidad y deja muchas ventanas abiertas para la evasión y elusión tributaria, por lo que se hace estrictamente necesario analizar a fondo cada indicación que se presente al Senado.